La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) Jalisco informó que ya están en vigor las nuevas Reglas sobre tarjetas de crédito emitidas por el Banco de México (Banxico) .
Afirmó que estas nuevas reglas otorgan mayor protección en caso de robo, clonación o extravío; establecen también formatos que permiten la contratación, objeción de cargos y cancelación de la domiciliación, de forma rápida y segura.
Adicionalmente, se dispone la manera en que las emisoras de tarjetas de crédito deben determinar el importe del pago mínimo que solicitan a los tarjetahabientes en cada periodo, con el propósito de que en cada pago se amortice parte del capital, reduciendo así su periodo de endeudamiento.
Recordó que el número de tarjetas de crédito utilizadas a nivel nacional suma en la actualidad 14.8 millones equivalente al 68 por ciento del número total de plásticos emitidos por las diversas instituciones financieras.
Con ellas se realiza un promedio de 16 millones de operaciones al mes, de las cuales solo el 18 por ciento corresponden a disposición de efectivo en cajeros automáticos.
De acuerdo a la forma en que los tarjetahabientes acostumbran pagar el crédito dispuesto, el 31 por ciento es totalero, es decir líquida el total de su deuda cada mes, en tanto que el restante 69 por ciento sólo paga una parte.
La tarjeta de crédito es el producto que registra el mayor número de consultas y reclamaciones tanto en Condusef como en las Unidades Especializadas de las Instituciones Financieras.
Tan sólo a septiembre de este año, 160 mil personas solicitaron una asesoría o presentaron una reclamación asociada a cargos indebidos por consumos no efectuados, comisiones, intereses y gastos de cobranza.
Entre las nuevas reglas emitidas por Banxico respecto a tarjetas de crédito, destacan siguientes medidas de protección: La emisora de la tarjeta deberá abonar el cargo no reconocido por el Tarjetahabiente a más tardar el segundo día hábil siguiente a la recepción de la reclamación.
En caso de robo o extravío de la tarjeta, la emisora deberá informar al Titular a través de su página en Internet o en un documento adjunto al estado de cuenta, el alcance de su responsabilidad por transacciones registradas antes del aviso correspondiente.
Tratándose de clonación, la emisora deberá abonar en la Cuenta los recursos a más tardar el cuarto día hábil bancario siguiente a la recepción de la reclamación, cuando el titular no reconozca algún cargo y lo reclame dentro de un plazo de noventa días naturales contado a partir de la fecha en que haya sido realizado el cargo.
Finalmente se establecen procedimientos más sencillos para la contratación, cancelación y objeción de cargos en la domiciliación, con el propósito de promover este servicio.